*Democracia y constitución

Uno de los propósitos del programa Nuevo Sistema Escolar es fortalecer la participación y la democracia en las escuelas. Se busca que las instituciones educativas le rindan cuentas a la comunidad, así como una sociedad más vigilante y participativa.

Marco Legal

El artículo 68 de la Constitución Nacional dice que la comunidad educativa participará en la dirección de las instituciones de educación y, también, que los padres de familia tendrán derecho de escoger el tipo de educación para sus hijos menores.

El artículo 5º de la Ley General de Educación (Ley 115 de 1.994), consagra dentro de los fines de la educación, la formación para facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación ( numeral 3 ), y la formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como al ejercicio de la tolerancia y de la libertad.

Se aspira a que todos los colegios sean capaces de crear, dirigir y regular sus acciones educativas, mediante procesos de participación real de la comunidad en la toma de decisiones, la vigilancia social, el control y la rendición de cuentas.

Espacios de participación con que cuenta la comunidad

La Ley General de Educación estableció los siguientes mecanismos de participación:

Gobiernos escolares: cada establecimiento educativo del Estado tiene un gobierno escolar conformado por el Consejo Directivo y el Consejo Académico. Su función es considerar las iniciativas de estudiantes, educadores y padres de familia en la adopción y verificación del reglamento escolar, la organización de las actividades comunitarias y demás acciones de participación democrática en la vida escolar.
Juntas Departamentales de Educación (JUDE): se encargan de comprobar que las políticas trazadas por el MEN se cumplan en el departamento y que los currículos se ajusten a los criterios establecidos por la ley 115. También proponen las plantas de docentes y aprueban planes de actualización de los maestros.

Juntas Municipales de educación (JUME): además de verificar el cumplimiento de las políticas y programas educativos nacionales y departamentales, fomentan y controlan el servicio en su municipio; coordinan y asesoran a las instituciones educativas para el desarrollo del currículo y proponen al departamento la planta de personal.

Foros Educativos nacionales, departamentales y municipales: permiten reflexionar sobre el estado de la educación y hacer recomendaciones a las autoridades educativas.